AGRO-GESTIÓN  


Monotributo

Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes agropecuarios:

Los pequeños contribuyente son personas o sociedades cuyos ingresos gravados y exentos en el año calendario anterior no hayan superado el tope de $ 144.000.

Régimen Simplificado: 

Es optativo

Impuestos comprendidos: 

Sustituye los impuestos a las ganancia y al valor agregado, salvo la sobre tasa del 13,5% (T.E.. Luz,.Gas etc.).

Impuestos a pagar: 

El pago es mensual y fijo. Dicho pago se deberá efectuar aún en el mes en que se presente la renuncia y cese al RS, y la suspensión de actividades no exime el mismo.

El único medio de pago, es el Pago en Efectivo; no se contemplan pagos en bonos o compensaciones. 

Los saldos a favor del IVA o compensaciones no se pueden computar a cuenta de pagos mensuales al RS.

Categorías

Se está bien categorizado cuando se cumple todos los parámetros de la categoría elegida. Los parámetros son:

Ingresos, se consideran los impuestos nacionales facturados y no se considera la venta de Bienes de Uso, siempre que los mismos hayan tenido 12 meses como mínimo de permanencia y su vida útil supere los 2 años. 

Precio unitario del artículo más caro

Para poblaciones mayores de 40.000 habitantes. En caso de que un mismo local sea compartido por dos o más personas, solo una de ellas podrá inscribirse  en el RS y deberá computar la cantidad de superficie del local. Salvo en el caso que constituyan una sociedad de la permitida en el RS.

Energía eléctrica consumida: Para los casos en que el consumo sea medido conjuntamente con casa habitación o similar se considera que el 20 % del consumo es afectado a la actividad, salvo en caso de consumo eléctrico elevado (tipo industrial), donde deberá tomar el 90 %. 

Si durante el año se producen modificaciones que impliquen cambios de categoría, la recategorización se llevará a cabo del 01/01 del año calendario siguiente.

Cuando la categorización no puede ser respaldada por comprobantes, se lo categorizará de oficio en la inmediata superior o se lo excluirá del RS.

Si fue recategorizado de oficio no podrá pasar a categorizaciones inferiores o renunciar al RS en un lapso de un año calendario posterior a producido el cambio.

Si fue excluido no podrá reingresar por tres años calendarios posteriores al de la exclusión.

Estas sanciones son independientes del resto de las contempladas por la norma y tienen efecto retroactivo.

Opción al RS

La opción surge efecto a partir del primer día del mes siguiente al que la misma tiene lugar.

Renuncias al RS 

No es posible renunciar al régimen hasta tanto no haya transcurrido un año calendario desde la inscripción. 

En caso de haber renunciado, no se podrá reingresar hasta tanto no hayan transcurridos tres años calendarios desde la renuncia

En caso de renuncia se adquiere la calidad de RI ante el IVA.

Facturación y Registración:

Son obligaciones del incripto en el RS:
* Pedir y emitir facturas.
* Conservar los comprobantes.                                

Las operaciones que ellos realicen no generan crédito ni débito fiscal

Omisión de Impuesto:

Se produce cuando no se presenta DDJJ de categorización o cuando no se ingresa el pago.

Defraudación:

Cuando se recategoriza erróneamente y por dicho motivo ingresa mensualmente un importe menor al que le corresponde.

Régimen Simplificado para Contribuyentes Agropecuarios
Parámetros para su categorización

Ingresos Brutos

Magnitudes Físicas: Para producciones de una sola especie (agricultura o ganadería):

* Magnitud Física Agrícola: Superficie cultivada de cada especie.
* Magnitud Física Ganadero: Cabezas de ganado de cada especie.

Facturación:

Contribuyente del RS: Boletas "C" o tickets donde deberá especificarse "Responsable Monotributo" en lugar de "RNI". Por sus compras recibe facturas "B" o "C" en las cuales se debe especificar "Responsable Monotributo"

Registración:

No están obligados a registrar sus compras y ventas.  

Agrobit.com

 
 


Advertencia: Los datos contenidos en este web corresponden a material elaborado por Agrobit.com a partir de otras fuentes y tienen como único fin, brindar información a quienes visiten este web. Agrobit.com no se responsabiliza por la exactitud e integridad de la información aquí publicada y deslinda cualquier responsabilidad sobre las opiniones aquí vertidas. Quien accede a este sitio acepta que los errores u omisiones no podrán utilizarse para realizar demandas o reclamos por vía legal. La información publicada en este web no debe servir como base para decisiones de inversión.
Las marcas mencionadas son marcas registradas de sus respectivas empresas.

Términos y Condiciones Generales

Última modificación: Lunes 24 de Octubre de 2005
Agrobit.com desde 1996

Agrobit.com  Santiago del Estero 1071 (5900) Villa María, Córdoba - Argentina.
Te. 54 - 353 - 4535008 Fax. 54 - 353 - 4534053
E-mail: agrobit@agrobit.com